Quién: Asociación Amigos de Orihuela
Dónde: Orihuela
Cuándo: 10/01/2003
Defensa del patrimonio de Orihuela
La Asociación Amigos de Orihuela cuyos fines radican en la conservación, la recuperación y la divulgación del Patrimonio Cultural de la ciudad de Orihuela tiene la obligación y el deber de poner en conocimiento los siguientes hechos de acuerdo a sus fines estatutarios:
1. Con motivo de las obras de restauración de la Catedral de Orihuela para la exposición la Luz de las Imágenes, como sede que es de la misma, han aparecido numerosas criptas y enterramientos distribuidos en toda la superficie del templo.
2. En Agosto de 2002, una máquina entró en el interior de la Catedral hundiéndose tras romper por el peso el pavimento y por el hueco de una de las criptas existentes.
3. En Septiembre de 2002 se encontraban totalmente al descubierto toda la superficie de los enterramientos y criptas, que se encontraban señalizados mediante grandes lajas de piedra y a unos 50 cm por debajo del pavimento que tenía la Catedral.
4. La documentación existente confirmaba la existencia de criptas y enterramientos en toda la superficie que ocupa la Catedral de San Salvador de Orihuela, así queda reflejado en el plano de la Planta de capillas y enterramientos de la Catedral de Orihuela (1569), conservado en el Archivo de la Catedral de Orihuela y publicado en el libro Orihuela en sus documentos I, obra de Agustín Nieto Fernández en 1985. Por tanto este hallazgo no era ninguna sorpresa y fácilmente presumible.
5. Para las obras de restauración de la Catedral de Orihuela no existía partida arqueológica alguna.
6. Varios miembros de la Asociación Amigos de Orihuela pudieron documentar in situ la existencia de estos enterramientos. Así queda advertido en un vídeo que la Asociación posee y que esta totalmente a disposición de toda persona que lo requiera.
7. Las criptas quedaron debajo de una capa de hormigón previa a la colocación del nuevo pavimento, quedando señalizadas las tumbas DELS CAPELLANS Y ELS VASOS DEL ROSER.
8. Se ha cometido una infracción de la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano y la Ley de Patrimonio Histórico Español en lo referente al hallazgo de restos arqueológicos, a pesar del conocimiento que se tenía por medio de la documentación histórica conservada de la existencia de numerosas criptas y enterramientos en el subsuelo de la Catedral de Orihuela.
LEY DE PATRIMONIO CULTURAL VALENCIANO.
Artículo 62. Actuaciones arqueológicas o paleontológicas previas a la ejecución de obras
1. Para la realización de obras, públicas o privadas, en inmuebles comprendidos en zonas o áreas de protección arqueológicos o paleontológicos, así como, en general, en todos aquellos en los que se conozca o presuma fundadamente la existencia de restos arqueológicos o paleontológicos de interés relevante, el promotor de las obras deberá aportar al correspondiente expediente un estudio previo sobre los efectos que las obras proyectadas pudieran causar en los restos de esta naturaleza, suscrito por un técnico competente.
Las actuaciones precisas para la elaboración de dicho estudio serán autorizadas por la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, que establecerá los criterios a los que se ha de ajustar la actuación, y se supervisarán por un arqueólogo o paleontólogo designado por la propia Conselleria.
4. Todo acto de edificación y uso del suelo realizado contraviniendo lo dispuesto en este artículo se considerará ilegal y le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 37 de esta Ley.
Artículo 37. Obras ilegales
1. Las obras realizadas con infracción de lo dispuesto en los dos artículos anteriores se considerarán ilegales y el Ayuntamiento o, en su caso, la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia requerirá al promotor de las mismas a la restitución de los valores afectados, mediante la remoción, demolición o reconstrucción de lo hecho. Si no fuera atendido el requerimiento, la Administración realizará aquella restitución con cargo al responsable de la inf